Portal de Denuncias de la Contraloría del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado

Dirigido la Público General y Servidores Públicos del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado

Acerca del Portal

Mecanismo de registro, captación, administración y atención de las denuncias ciudadanas que cualquier persona formule en el marco de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Yucatán, constituyendo un medio de almacenamiento, custodia, consulta, reproducción, verificación, administración y transmisión de dicha información.

Objetivo General


Brindar al ciudadano o al Servidor Público un fácil acceso, para que tenga la oportunidad de poder registrar y dar seguimiento a su denuncia de manera electrónica, mediante el uso de una herramienta que se encontrará en la página de internet del Consejo de la Judicatura, al margen de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Yucatán.

Objetivos Específicos

1. Automatizar el proceso de captura de las denuncias por faltas adminsitrativas.
2. Recibir denuncias con los requisitos de modo, tiempo y lugar, señalados en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Yucatán.
3. Seguimiento ágil de las denuncias recibidas en la Contraloría del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán.
4. Tener en menor tiempo los reportes estadísticos de productividad del personal que participa en el proceso de Responsabilidades Administrativas.
5. Contar con una bitácora de seguimiento sobre las personas que intervinieron en el proceso de Responsabilidades Administrativas de los expedientes respectivos.
6. Tener en menor tiempo los reportes del Estado Procesal de los Expendientes de Responsabilidad Administrativa.
7. Evitar el uso de material impreso automatizando el control manual que se tiene actualmente con libretas.

Guía para Presentar una Denuncia ante la Contraloría del Consejo de la Judicatura

Presiona el siguiente vínculo para acceder a la guía



 Consulta Marco Legal

La denuncia se presenta por escrito, en formato físico o electrónico a través del Portal de Denuncias, también puede iniciarse de oficio o derivado de auditorías practiadas por las autoridades competentes.
Se analiza la denuncia a fin de verificar si esta cumple con señalar las circunstancias de tiempo, modo y lugar.
El Denunciante tiene el término de 10 días hábiles siguientes a la recepción de la denuncia, para comparecer ante la Unidad Investigadora a ratificar la misma.
Se dicta un acuerdo en el que se da inicio a la investigación, una vez que se haya cumplido con la ratificación de la denuncia, en la que se ordena las primeras diligencias para determinar la existencia de los hechos de las denunciados como una probable falta de responsabilidad administrativa, presuntamente atribuible a un Servidor Público adscrito al Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado.
La autoridad investigadora ordenará la notificación del acuerdo de inicio al denunciante de forma personal en el domicilio señalado por éste.
Se dictarán los acuerdos y se realizarán las diligencias que sean necesarias a fin de allegarse de datos de prueba para determinar la existencia de los hechos denunciados como una probable responsabilidad administrativa.
Una vez concluida la investigación, se procede a revisar y analizar los datos de prueba recabados durante la investigación, a fin de determinar la existencia del hecho denunciado como una probable falta de responsabilidad administrativa.
Se dicta un acuerdo en el que se relacionan los hechos denunciados, asentándose el análisis de la información recabada, con lo cual se determina la existencia o inexistencia de actos u omisiones que la ley de la señale como falta administrativa y en su caso, la calificará como grave o no grave.
Al quedar firme el acuerdo que determinó la existencia de actos u omisiones que la ley señala como falta administrativa y calificada la falta, se elaborara el informe de probable responsable en el que se incluirá los hechos denunciados, el análisis de los datos de prueba concluyentes, ofreciendo las pruebas que se estimen pertinentes y que llevaron a la determinación de la existencia del hecho, y el Servidor Público probable responsable, informe dirigido a la Unidad de Responsabilidades Administrativas.
Se presenta el informe ante la Unidad de Responsabilidades Administrativas, quien lo recibe para los efectos legales que procedan.

GALERÍA DE VIDEOS

Bienvenida al micrositio de Contraloría del Poder Judicial del Estado de Yucatán

Portal de denuncias de la Contraloría del Poder Judicial del Estado de Yucatán

Características

LOGIN DE USUARIO

Ingrese los siguientes datos para el registro y/o consulta de su denuncia.

¿No esta registrado?

Registrate Aquí